La Ley N.º 28051 es la norma peruana que regula las prestaciones alimentarias para trabajadores del sector privado.
Permite que las empresas otorguen beneficios destinados a la compra de alimentos —como tarjetas de alimentación o vales— sin que estos se consideren parte del salario computable en ciertos casos.
El objetivo de la ley es mejorar el ingreso real de los trabajadores y facilitar el acceso a alimentos, sin aumentar necesariamente los costos laborales estructurales para la empresa.
La Ley 28051 permite que las empresas otorguen beneficios de alimentación a sus trabajadores mediante:
vales
tarjetas de alimentación
cupones canjeables por alimentos
servicios de comedor
Cuando se otorgan bajo ciertas condiciones, estos beneficios no forman parte de la remuneración computable para beneficios laborales.
El objetivo de la Ley 28051 es mejorar el poder adquisitivo de los trabajadores, especialmente en lo relacionado con el acceso a alimentos.
Para lograrlo, la norma crea un sistema que permite a las empresas otorgar este beneficio de forma estructurada y regulada.
En otras palabras: mejora el bienestar del colaborador sin aumentar el salario base.
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La ley establece dos formas principales de otorgar este beneficio.
El empleador proporciona alimentos directamente.
Por ejemplo:
comedor empresarial
servicio de concesionario de alimentos
alimentos entregados en el centro de trabajo
En algunos casos, este tipo de beneficio puede tener carácter remunerativo, dependiendo de cómo se otorgue.
Es la modalidad más usada hoy.
Se otorga a través de:
tarjetas de alimentación
vales o cupones
plataformas de compra de alimentos
En este caso, el trabajador utiliza el beneficio en comercios afiliados.
Cuando se otorga bajo esta modalidad, se considera remuneración no computable para el cálculo de beneficios sociales.
La norma establece dos límites claros.
El beneficio no puede superar 20 % del sueldo del trabajador.
El valor del beneficio tampoco puede exceder dos remuneraciones mínimas vitales (RMV).
Si se supera alguno de estos límites, el exceso pasa a considerarse remuneración.
La ley prohíbe reducir el salario para reemplazarlo por vales de alimentos.
Es decir:
❌ no se puede bajar el sueldo para introducir este beneficio.
La prestación alimentaria debe ser un beneficio adicional, no un reemplazo del salario.
Depende de cómo se otorguen.
Cuando el beneficio se entrega bajo suministro indirecto (vales o tarjetas):
No se considera remuneración computable.
Por lo tanto, no se incluye para calcular:
CTS
gratificaciones
vacaciones
aportes a seguridad social
Esto es una de las razones por las que muchas empresas utilizan este beneficio dentro de su estrategia de compensación.
Para implementar correctamente este beneficio, las empresas deben:
Establecer un acuerdo individual o colectivo con los trabajadores
Contratar una empresa administradora del sistema de vales o tarjetas como Edenred
Respetar los límites establecidos por la ley
Registrar el beneficio correctamente en planillas
Cumplir estos requisitos es fundamental para mantener el carácter no remunerativo del beneficio.
Supongamos que un trabajador gana:
S/3,000 al mes.
El beneficio máximo permitido por la ley sería:
20 % del sueldo = S/600
Si la empresa decide otorgar una tarjeta de alimentación de S/400 mensuales:
el beneficio es válido
se mantiene dentro de los límites legales
no se considera remuneración computable.
Pensar que la tarjeta de alimentación es simplemente “un bono”. No lo es.
Es un beneficio regulado que debe cumplir condiciones específicas para mantener su tratamiento legal.
Si no se aplica correctamente, puede pasar a ser considerado remuneración.
Las prestaciones alimentarias permiten a las empresas:
mejorar la compensación del colaborador
fortalecer su propuesta de valor al empleado
mantener mayor flexibilidad en su estructura de costos laborales
Por eso este beneficio se ha convertido en una herramienta relevante dentro de las estrategias de gestión de talento.
La Ley 28051 crea un mecanismo que permite mejorar el bienestar del trabajador sin aumentar necesariamente el salario base.
Para las empresas, entender cómo funciona esta ley es clave para diseñar programas de compensación más eficientes y sostenibles.
Y para los trabajadores, representa una forma adicional de mejorar su ingreso disponible.
Regula las prestaciones alimentarias que las empresas pueden otorgar a sus trabajadores del sector privado mediante vales, tarjetas o servicios de alimentación.
No necesariamente. Cuando se otorgan bajo la modalidad de suministro indirecto, no constituyen remuneración computable.
No puede superar el 20 % del salario del trabajador ni el equivalente a dos remuneraciones mínimas vitales.
No. Es un beneficio voluntario que puede establecerse mediante acuerdo entre empleador y trabajadores.
No. La ley establece que el beneficio debe utilizarse exclusivamente para la compra de alimentos.