Los vales de alimentación se han convertido en uno de los beneficios corporativos más implementados en el Perú. Si estás evaluando incorporarlos en tu empresa, esta guía te explica todo lo que necesitas saber: marco legal, beneficios reales y cómo implementarlos correctamente.
Los vales de alimentación son un beneficio laboral que permite a los trabajadores adquirir alimentos en establecimientos autorizados, sin que este monto constituya remuneración para efectos legales y tributarios.
Este beneficio está regulado por la Ley N.º 28051 - Ley de Prestaciones Alimentarias en Beneficio de los Trabajadores Sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada, promulgada el 2 de agosto de 2003 y publicada en el Diario Oficial El Peruano.
Su reglamento fue aprobado mediante Decreto Supremo N.º 013-2003-TR, disponible en el portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Según un estudio de PwC, en su sección de tendencias salariales 2026, los vales de alimentación aparecen entre los 3 beneficios más ofrecidos por empresas formales en Lima, junto con el seguro médico y las gratificaciones legales.
La razón principal: generan un win-win. La empresa ahorra en cargas sociales y el trabajador recibe el monto completo sin descuentos.}
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La normativa establece que las prestaciones alimentarias otorgadas bajo la modalidad de suministro indirecto (vales o tarjetas) no constituyen remuneración para ningún efecto legal, siempre que cumplan ciertos requisitos.
Según el artículo 3 del Reglamento (D.S. N.º 013-2003-TR), deben cumplirse estos requisitos:
1. Otorgamiento a través de empresas administradoras
No puedes dar dinero directo o vales propios. Debes contratar una empresa autorizada por SUNAT como Edenred Perú.
2. Límite de exoneración tributaria
Aquí está el punto crítico. Según el artículo 37 inciso r) de la Ley del Impuesto a la Renta (TUO aprobado por D.S. N.º 179-2004-EF), el monto máximo deducible es:
Con la RMV 2026 en S/ 1,025, el límite anual es: S/ 2,050 anuales = S/ 170.83 mensuales promedio
Importante: Cualquier exceso sobre este monto SÍ constituye remuneración y debe incluirse en planilla.
3. Uso exclusivo en alimentos
Los vales solo pueden usarse para comprar alimentos y bebidas no alcohólicas. Según fiscalizaciones de INDECOPI, no pueden usarse para productos de limpieza, útiles de aseo u otros.
4. Criterios objetivos de otorgamiento
Debe aplicarse bajo reglas generales (todos los trabajadores, o criterios como jornada laboral), no de forma discriminatoria.
SUNAT ha emitido varios informes aclaratorios. El más relevante es el Informe N.° 054-2012-SUNAT/4B0000, que confirma:
1. Ahorro en EsSalud
Ejemplo real:
Empresa con 50 trabajadores
Monto de vales: S/ 170 mensuales (dentro del límite)
Sin vales (todo como sueldo):
S/ 170 × 9% EsSalud × 50 trabajadores × 12 meses = S/ 9,180 anuales
Con vales o tarjetas de alimentos:
S/ 0 en EsSalud sobre los vales
AHORRO: S/ 9,180 anuales
2. Deducción tributaria
Los vales son 100% deducibles como gasto. Para una empresa que tributa 29.5% (régimen general), esto reduce la base imponible.
3. Retención de personal
Según datos del Ministerio de Trabajo en su Anuario Estadístico, la rotación laboral promedio en Lima es 20.7% anual.
Si bien no hay estudios locales que aíslen el impacto específico de los vales, la experiencia de empresas consultoras de RRHH indica que un paquete de beneficios competitivo (que incluye vales) reduce la rotación entre 3-5 puntos porcentuales.
1. Más dinero disponible
Comparación real:
Opción A: Todo en sueldo
Sueldo bruto: S/ 3,000
AFP (13%): -S/ 390
Impuesto a la Renta: -S/ 0 (no supera mínimo)
Neto: S/ 2,610
Opción B: Sueldo + Vales
Sueldo bruto: S/ 2,830
Vales: S/ 170
AFP (13% sobre S/ 2,830): -S/ 368
Impuesto a la Renta: -S/ 0
Neto en efectivo: S/ 2,462
Vales: S/ 170
Total disponible: S/ 2,632
GANANCIA: S/ 22 mensuales = S/ 264 anuales
2. Sin descuentos
Los vales no sufren descuento de AFP, ONP ni Impuesto a la Renta. Es dinero 100% disponible.
3. Flexibilidad de uso
Puedes usar los vales en supermercados, bodegas, restaurantes y panaderías afiliadas. Según información de las propias empresas administradoras, hay más de 10,000 establecimientos afiliados a nivel nacional.
Los principales establecimientos que aceptan vales de alimentación incluyen:
Supermercados: Plaza Vea, Vivanda, Mass (Supermercados Peruanos), Wong, Metro (Cencosud), Tottus, Makro
Tiendas de conveniencia: Tambo+, Listo!, Oxxo
Restaurantes y otros: Cadenas de comida rápida, Restaurantes locales afiliados, Panaderías, Bodegas registradas y Aplicativos de Delivery.
Cada empresa administradora tiene su propia red. Puedes consultarla en sus apps móviles o portales web.
Cupones físicos que se entregan mensualmente. Casi ninguna empresa los usa ya por:
Tarjeta con chip que se recarga mensualmente. Funciona como débito en terminales POS.
Ventajas:
Recomendación: Mantente dentro del límite legal para maximizar beneficios.
Límite seguro 2026: S/ 170 mensuales
(Equivale a S/ 2,040 anuales, bajo el tope de 2 RMV)
Si quieres dar más, considera que el exceso tributará como remuneración.
Criterios de evaluación:
□ Red de establecimientos (cobertura donde viven tus empleados)
□ Tecnología (app intuitiva, reportes)
□ Costos (setup, comisiones, mantenimiento)
□ Soporte (horarios de atención)
□ Experiencia (años en el mercado)
Documentos necesarios:
Timeline sugerido:
Semana -2: Anuncia que viene un nuevo beneficio
Semana -1: Explica en detalle (reunión + email)
Semana 0: Entrega de tarjetas + capacitación en app
Semana +1: Soporte intensivo para dudas
Puntos clave a comunicar:
KPIs básicos:
❌ Error 1: Exceder el límite legal sin saberlo
Realiza el cálculo respecto a la remuneración.
✅ Solución: Calcula anualmente. Si quieres dar más, hazlo consciente del costo adicional.
❌ Error 2: No tener política escrita
Sin reglas claras, surgen conflictos: ¿Qué pasa si renuncian?
✅ Solución: Documento simple de 1-2 páginas con las reglas básicas.
❌ Error 3: Mala comunicación del beneficio
Trabajadores que no entienden cómo usar los vales o no conocen la red de establecimientos.
✅ Solución: Capacitación práctica. Muéstrales la app, haz una compra de prueba en grupo.
❌ Error 4: No incluir a todos
Dar vales solo a algunos genera inequidad percibida y problemas legales.
✅ Solución: Criterios objetivos. Está bien diferenciar por jornada (full-time vs part-time) pero no por área o favoritismo.
¿Los practicantes pueden recibir vales?
Sí, no hay restricción legal. Muchas empresas los incluyen (con monto proporcional a su jornada) como estrategia de employer branding.
¿Qué pasa con los vales si el trabajador renuncia?
Depende de tu política. Lo común:
Define esto claramente en tu política.
¿Los vales se mantienen durante vacaciones?
Sí, las vacaciones son remuneradas y el trabajador mantiene todos sus beneficios. Los vales deben seguir cargándose normalmente.
¿Y durante licencia sin goce?
Aquí no hay obligación legal. Depende de tu política interna. Lo más común es suspenderlos durante la licencia.
¿Puedo dar vales diferentes por área?
Si, si hay criterios objetivos (ejemplo: área de ventas viaja mucho, recibe vales de combustible en lugar de alimentación). No puedes discriminar arbitrariamente.
¿Los vales cuentan para CTS y gratificaciones?
No, porque no son remuneración computable. La base de cálculo de CTS y gratificaciones no incluye los vales (dentro del límite legal).
¿Qué pasa si SUNAT me fiscaliza?
Si cumples los requisitos legales, no hay problema. Debes tener: